Cuestio plantejada:
La meva consulta es la seguent , si el pisos que tenen proteccio oficial están exclosos, la pregunta es ,¿una propietaria persona física de un pis de proteccio oficial, pot llogar un el pis? o
¿ha esperar a que acabi la protección oficial, quins requisits han de cumplir els inquilins?
Resposta:
Por lo general las viviendas de VPO que se adquieren para establecer en ellas la residencia habitual no se pueden alquilar. Ahora bien, también depende del régimen al que está sometido esa vivienda, ya que hay numerosos regímenes de VPO.



