Preguntas:

Tengo un cliente que quiere alquilar 2  locales comerciales donde antes funcionaban dos entidades bancarias.

A parte de solicitar al propietario:

  • El certificado energético
  • Planos del local
  • Nota simple para acreditar titularidad
  • ¿que más se le puede pedir al propietario que aporte? ¿La licencia de apertura y actividad se puede pedir?

Respuesta:

La licencia de actividad o apertura normalmente se solicita al propietario o anterior inquilino  cuando se desea continuar ejerciendo en el local que se arrienda la misma actividad que ya se venía realizando. En este caso, entiendo que el nuevo inquilino no va a desarrollar una actividad bancaria en los locales, por tanto, no servirá de mucho solicitar la licencia de actividad o apertura ya que no se va ha ejercer la misma actividad. 
No obstante, es importante saber qué actividades se pueden o no se pueden realizar en ese local, y para ello será necesario hacer una consulta en el Ayuntamiento de la localidad en que se encuentra sito el local objeto de arrendamiento para que le informen sobre los usos permitidos, para evitar sorpresas, y claro está, ello antes de la firma del contrato de arrendamiento. Solicitar un certificado de aprovechamiento urbanístico de la finca. 
También es importante saber el estado en que se encuentran las instalaciones de suministros y si están dadas de alta o no ante las compañías suministradoras, por tanto, será importante solicitar los boletines de luz y demás suministros. 
Igualmente, es importante que se le informe al inquilino la media de gasto de esos suministros y si debe pagar cuotas de comunidad de propietarios,por tanto se deberá pedir el ultimo recibo tanto de los suministros como comunitarios (igualmente, saber si se ha aprobado alguna derrama extraordinaria, por qué importe y su duración, en caso que se pactase que el inquilino también se hará cargo de las cuotas ordinarias y extraordinarias), para que el inquilino disponga de toda la información antes de firmar. 
También el IBI, si se pactase que el inquilino se hará cargo de éste, así como el ultimo recibo de tasas de basura y alcantarillado asociados a la actividad y que, por lo general, es de cargo del inquilino. 
Se aconseja, asimismo, hacer un inventario de los elementos que quedaran el local así como del estado de las instalaciones así como  un reportaje fotográfico firmado por ambas partes de conformidad.
Asimismo, es importante  saber qué normas comunitarias rigen en el local (ver estatutos de la comunidad, las actas y normas de régimen interior), sobre todo, si los locales pueden hacer uso de terraza (si es elemento común del local o privativo) y saber si por la comunidad de propietarios se adoptó algún tipo de acuerdo al respecto (por ejemplo, si acordó algún tipo de prohibición en cuanto a cerramientos fijos, toldos, color de los mismos, ect.) 
Lo mismo deberá preguntarse en el Ayuntamiento, si se pretende hacer uso de la terraza, en su caso, y saber si existen ordenanzas de toldos y tendales, que ordenen o regulen el uso y cerramiento de esas terrazas.